El Capítulo II del Reglamento de Gobernanza de Datos (DGA) establece mecanismos para fomentar la reutilización de datos del sector público. Estos mecanismos se aplican a datos que no pueden publicarse como abiertos por estar protegidos debido a motivos de confidencialidad comercial o estadística, derechos de propiedad intelectual o protección de la privacidad.

En España, la plataforma datos.gob.es ha sido designada como el Punto Único de Información Nacional (NSIP, por sus siglas en inglés). A través de este punto, ciudadanos, empresas e investigadores pueden solicitar el acceso a datos protegidos del sector público. Es importante destacar que el acceso a esta información no es libre, sino que se proporciona a través de entornos de tratamiento seguro y bajo las condiciones estipuladas en el artículo 5 del DGA, con el fin de preservar en todo momento la naturaleza protegida de los datos.

Estos entornos de tratamiento seguro funcionan bajo estrictas garantías. Antes de conceder el acceso, el organismo público debe asegurarse de que los datos personales han sido anonimizados y que la información comercial confidencial (como secretos comerciales o contenido protegido por propiedad intelectual) ha sido modificada o agregada para eliminar riesgos de divulgación. El acceso se materializa de dos maneras principales, mediante acceso remoto dentro de un entorno digital seguro que el propio organismo público proporciona y supervisa, y mediante acceso físico en las instalaciones del organismo, cuando el acceso a distancia no sea posible sin comprometer los derechos e intereses de terceros.

Durante todo el proceso, el organismo público se reserva el derecho de supervisar el tratamiento que realiza el reutilizador y verificar los resultados, pudiendo prohibir el uso de aquellos que pongan en peligro la confidencialidad de la información.

Solicitud de acceso a través de: