Lugar de importancia comunitaria, el lugar que, en la región o regiones biogeográficas a las que pertenece, contribuye de forma significativa al mantenimiento o restablecimiento en un estado de conservación favorable de un tipo de hábitat natural del Anexo I o de una especie del Anexo II y puede contribuir asimismo de forma significativa a la coherencia de Natura 2000 a que se refiere el artículo 3, y/o contribuye de forma significativa al mantenimiento de la diversidad biológica en la región o regiones biogeográficas de que se trate. En el caso de las especies animales que se distribuyen en zonas extensas, los lugares de importancia comunitaria corresponderán a los lugares del área de distribución natural de dichas especies que presenten los factores físicos o biológicos esenciales para su vida y reproducción.